Registro de Contratos
Información
Ley Núm. 18 de 30 de octubre de 1975, según enmendada - Contratos.
Reglamento Núm. 33. Registro de Contratos, Escrituras y Documentos Relacionados y Envío de Copias a la Oficina del Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Carta Circular OC-10-07, Reglamento Núm. 33, Registro de Contratos, Escrituras y Documentos Relacionados y Envíos de Copias a la Oficina del Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Carta Circular OC-11-12, Actualización del Directorio del Registro de Contratos de la Oficina del Contralor.
Carta Circular OC-10-27, Uso de OCR (Optical Character Recognition) en la Digitalización de Contratos, Escrituras y Documentos Relacionados y Envíos de Copias a la Oficina del Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
DescargasOC-FSA-168, Certificación Anual de Registro de Contratos
OC-FSA-113, Datos para la Actualización del Directorio del Registro de Contratos de la Oficina del Contralor
Guía de Usuario, Registro de Contratos V4
AplicaciónLa Oficina estará en receso desde el lunes 27 de diciembre de 2011 hasta el 10 de enero de 2012 y por lo tanto el programa de registro de contratos no estará operando durante esos días. El periodo para solicitar prórroga de remisión de contratos queda interrumpido hasta el martes 10 de enero de 2012.
Modificación de Registro
Registro de Contratos 4.0
Consulta
Ayuda
- Entre el número de Entidad, si no consigue por número de Entidad, oprima Buscar Entidad.
- Entre los Datos Oficiales del Enlace Principal:
- Nombre de Usuario (Correo electrónico otorgado a usted por la agencia a la que pertenece)
- Nombre completo
- Puesto
- Contraseña (Deberá entrar un mínimo de ocho (8) caracteres)
- Si tiene autorización del Funcionario Principal usted podrá escoger la opción Principal
- Luego oprima Agregar Enlace Principal
. - Una vez haya confirmado todos sus datos oprime el botón de imprimir
Datos de Enlace Principal. - La certificación deberá ser firmada por el Funcionario Principal de la agencia o por la persona que desea obtener acceso.
- Envíe por fax a la unidad de registro de contratos, su solicitud de registro para la activación de su cuenta. El número de fax es provisto en la misma solicitud.
- Se le notificará por correo electrónico tan pronto su cuenta sea activada.
- Guardar el formulario original en el expediente de su entidad.
- ¿Desea más información sobre como llenar la inscripción? Haga click aquí para ver el siguiente video.
- Si usted sometió por fax su solicitud de acceso al Sistema de Registro de Contratos V4 y no ha recibido contestación en un lapso mayor a dos (2) días. Favor de comunicarse al (787)754-3030 Ext. 2405, 2407 con la Unidad de Registro de Contratos.
- No. Si modificó su información debe imprimir
nuevamente la solicitud de registro. - Firme la solicitud usted y el Funcionario Principal de la Agencia.
- Envíe por fax a la unidad de registro de contratos para la activación de su cuenta. El número de fax es provisto en la misma solicitud.
- Se le notificará por correo electrónico tan pronto su cuenta sea activada.
- Guarde el formulario original en el expediente de su entidad.
- Sí. Cada enlace puede modificar la información de su propio Registro.
- Una vez haya confirmado todos sus datos oprime el botón de imprimir certificación.
- La certificación deberá ser firmada por usted y el Funcionario Principal de la agencia.
- Envíe por fax a la unidad de registro de contratos, su solicitud de registro para la activación de su cuenta. El número de fax es provisto en la misma solicitud.
- Sí. Pero solo si usted es el enlace principal.
- Al modificar los datos del funcionario principal no es necesario imprimir la certificación.
-
NOTA IMPORTANTE: Si el funcionario principal desea registrar contratos debe completar la certificación, firmarla y enviarla por fax.
- Si no es Enlace Principal, usted no podrá modificar la información del Funcionario Principal.
- Si. Podrá cambiar su contraseña cuantas veces desee y su cuenta no se desactivará.
- Si usted es el enlace principal, podrá solicitar la desactivación de la cuenta del usuario seleccionado perteneciente a su entidad.
- Tan pronto desactive una cuenta le llegará una notificación del sistema por medio del correo electrónico.
- Si desactiva una cuenta, no podrá reactivarla hasta solicitar el acceso por medio de fax, tal como se desglosa en la pregunta número uno (1) de esta ayuda.
- Si. De ser usted el enlace principal, sólo podrá solicitar la desactivación de su propia cuenta, de no ser su cuenta la que desea desactivar, deberá contactar al Enlace Principal de su entidad.
- Tan pronto desactive una cuenta le llegará una notificación del sistema por medio del correo electrónico.
- Si desactiva su cuenta, no podrá reactivarla hasta solicitar el acceso por medio de fax, tal como se desglosa en la pregunta número uno (1) de esta ayuda.
- No. Pueden haber varios enlaces pero sólo uno principal.
- Deberá solicitar al Funcionario Principal que reasigne el Enlace Principal según el entienda necesario.
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